FERIA DE BERJA 2008 INSTALACIONES DE CASETAS TRADICIONALES BASES

 

1ª.- Podrán solicitar zona para la instalación de una caseta tradicional todos los interesados que lo deseen, bien sean Colectivos (Asociaciones, Cofradías, Hermandades, Partidos Políticos, Sindicatos) o Empresas de Restauración, o bien personas individualmente.

2ª.- Se establece un plazo de solicitud hasta las 14:00 h del día 4 de Julio de 2008.

3ª.- Las solicitudes se harán en modelo normalizado que facilitará el Ayuntamiento de Berja y se entregarán en el Registro General de Entrada del mismo.

4ª.- La adjudicación se realizará por el Alcalde Presidente, previo informe de la Comisión en materia de Fiestas del Ayuntamiento de Berja, mediante sorteo público al que podrán asistir-los representantes de los solicitantes o los propios interesados, antes del día 10 de Julio de 2008.
En la adjudicación tendrán prioridad aquellas solicitudes realizadas por Personas Jurídicas; En el supuesto de que quedasen vacantes, éstas se adjudicarán a Personas Físicas interesadas.
Serán criterios a seguir por la Comisión Informativa del área de Cultural, para la adjudicación de espacios, los siguientes:

a).- Tendrán preferencia en la adjudicación los residentes en Berja o nacidos en su Término Municipal.
b).- Tendrán preferencia en la adjudicación las empresas de restauración.

5ª.- Los adjudicatarios tendrán que depositar una fianza de CIENTO CINCUENTA EUROS en metálico, o bien mediante aval bancario, a fin de garantizar los posibles daños, deterioros y limpieza del recinto, que pueda sufrir el uso del terreno adjudicado.

6ª.- Los adjudicatarios deberán ingresar en el Ayuntamiento de Berja la cantidad de CUATROCIENTOS EUROS en metálico, antes de las 12:00 horas del segundo día hábil posterior a la adjudicación..
El no-cumplimiento de esta cláusula en el plazo señalado se entenderá como una RENUNCIA a la caseta, procediéndose a realizar una nueva adjudicación conforme a lo dispuesto en la Base décima.

7ª.- El Ayuntamiento de Berja proveerá un punto de enganche de electricidad, siendo por cuenta de los interesados los gastos complementarios (iluminación, acometida de agua, adornos casetas, instalación de servicios, instalación eléctrica...etc.).

8ª.- Los adjudicatarios de las casetas se amoldarán a las directrices que les marque la Comisión del área de Cultura, en cuanto a ruidos, volumen de música... etc. La música tendrá que dejar de oírse a las 6:00 horas de la mañana como hora tope. Quien incumpla esta norma no podrá tomar parte en la adjudicación del año siguiente y perderá la fianza depositada.

9ª.- Queda prohibido el traspaso de la caseta adjudicada a un tercero, permitiéndose, en cambio, la cesión de la explotación de la barra de la caseta a un particular.

10ª.- La renuncia de la caseta, una vez adjudicada, llevará consigo la pérdida de la fianza depositada, procediéndose a realizar una adjudicación directa a aquellas Entidades o personas que haya en lista de espera por riguroso orden.

11ª.- Bajo ningún concepto se permitirá hacer obra en la caseta.

12ª.- El no-cumplimiento de alguna de las cláusulas anteriores, en especial la del punto octavo, podrá motivar la clausura de una caseta, incluso una vez comenzada la Feria.

13ª.- Durante el periodo de feria, por el Ayuntamiento no se autorizará a particulares la apertura de locales en el núcleo de Berja cuando su destino sea la realización de actividades coincidentes con las que son objeto de adjudicación en estas bases.

14ª.- La participación supone la aceptación de las presentes Bases.

 

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