FERIA DE BERJA 2008 INSTALACIONES DE CASETAS PARA JOVENES (MUSICA DISCO)

1ª.- Podrán solicitar una caseta de música disco, todos los interesados que lo deseen, residentes en Berja, bien sean Colectivos (Asociaciones, Cofradías, Hermandades, Partidos Políticos, Sindicatos) o Empresas de Restauración, o bien personas individualmente. El Ayuntamiento de Berja pondrá a disposición de los interesados un máximo de tres casetas.

2ª.- Se establece un plazo de solicitud hasta las 14:00 h del día 4 de Julio de 2008.

3ª.- Las solicitudes se harán en modelo normalizado que facilitará el Ayuntamiento de Berja y se entregarán en el Registro General de Entrada de éste.

4ª.- La adjudicación se realizará por el Alcalde Presidente, previo informe de la Comisión en materia de Fiestas del Ayuntamiento de Berja, antes del día 10 de Julio de 2008.

5ª.- Los adjudicatarios tendrán que depositar una fianza de TRESCIENTOS EUROS en metálico, o bien mediante aval bancario, a fin de garantizar los posibles daños, deterioros y limpieza del recinto, que pueda sufrir el uso del terreno adjudicado.

6ª.- Los adjudicatarios deberán ingresar en el Ayuntamiento de Berja la cantidad de MIL EUROS en metálico, antes de las 13:00 h, del día siguiente a la adjudicación.
El no-cumplimiento de esta cláusula en el plazo señalado se entenderá como una RENUNCIA a la caseta, procediéndose a realizar una nueva adjudicación conforme a lo dispuesto en la Base décima.
Serán criterios a seguir por la Comisión Informativa de Bienestar Social, para la adjudicación de las casetas:
                 a).- Tendrán prioridad los Pubs y discotecas y después el resto de profesionales del sector.
                 b).- Tendrán prioridad la antigüedad de estos montando casetas para jóvenes en la Feria de Berja.
                 c).- Tendrán prioridad quienes aporten servicios como Seguridad Privada.
                 d).- Tendrán prioridad los residentes en Berja.     .
                 e).- El reparto de los espacios físicos para la instalación de las casetas para jóvenes se hará por acuerdo entre los adjudicatarios, de no existir acuerdo, se mantendrán en los mismos sitios que se ocuparon en la Feria anterior. En el supuesto de que exista un nuevo adjudicatario de espacio, este ocupara el que los anteriores dejen libre.

7ª.- Es por cuenta de los interesados el cerramiento de la caseta, que no podrá ser de obra, y los gastos complementarios (iluminación, acometida de agua, adornos casetas, instalación de servicios, punto de enganche y cuadro eléctrico...etc.).

8ª.- Los adjudicatarios de las casetas se amoldarán a las directrices que les marque la Comisión de Bienestar Social, en cuanto a ruidos, volumen de música... etc. La música deberá ir reduciéndose, paulatinamente, desde las 6:00 h, hasta la 7:00 h, que deberá eliminarse totalmente, menos viernes y sábado que será de 7:00 h, a 8:00 h. Quien incumpla esta norma no podrá tomar parte en la adjudicación del año siguiente y perderá la fianza depositada.

9ª.- Queda prohibido el traspaso de la caseta adjudicada a un tercero.

10ª.- La renuncia de la caseta, una vez adjudicada, llevará consigo la pérdida de la fianza depositada, procediéndose a realizar una adjudicación directa a aquellas Entidades que haya en lista de espera por riguroso orden.

11ª.- Bajo ningún concepto se permitirá hacer obra en la caseta. Cualquier modificación que se pretenda hacer en la caseta deberá contar con el visto bueno del Ayuntamiento de Berja y, en este caso, los costos correrán, íntegramente, a cargo del adjudicatario.

12ª.- El no-cumplimiento de alguna de las cláusulas anteriores, en especial las de los puntos octavo y onceavo podrá motivar la clausura de una caseta, incluso una vez comenzada la Feria. Ello supondrá la exclusión de poder participar en la solicitud de cualquier tipo de caseta en futuras ferias, así como la pérdida de la fianza depositada.

13ª.- Los adjudicatarios dispondrán de una semana, desde la finalización de la Feria, para devolver el espacio adjudicado a su estado original. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en esta Base, a partir del día siguiente del plazo concedido, se procederá a su ejecución, por parte del Ayuntamiento, con cargo a la fianza depositada.

14ª.- Durante el periodo de feria, por el Ayuntamiento no se autorizará a particulares la apertura de locales en el núcleo de Berja cuando su destino sea la realización de actividades coincidentes con las que son objeto de adjudicación en estas bases.  .

15ª.- La participación supone la aceptación de las presentes Bases.

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